Por Redacción
Los hermanos Orlando y Romarico de apellido Arroyo Marroquín, siguen dando de que hablar, sale a la luz pública otro acto de corrupción por parte de ellos, ya que en días pasados pretendieron informar públicamente al Sector Empresarial, así como al Sector de Turismo, que la controversia que sostiene con la sociedad Comercializadora Time Share Internacional, S.A. de C.V. había llegado a su fin, y además, logrando así la captura de su actual socio.
Sin embargo, ante las noticias tan escandalosas, nos dimos a la tarea de investigar la veracidad de los hechos, ya que esta no sería la última ocasión que los hermanos Arroyo Marroquín, se aprovechan de los hechos para tergiversar la información y utilizarla a su favor para así continuar estafando y engañando a los inversionistas que pretendan invertir en el conjunto de sociedades que aglomera Grupo Sunset y/o Sunset World.
Y efectivamente es falsa la información publicada, ya que a la fecha del día de hoy el litigio continua, es decir, se encuentra vigente, y este se encuentra en un punto culmine, toda vez que se encuentran pendientes por resolver los recursos de inconformidad, con número de expediente 06/2022 y 09/2022, ambos recursos que le tocó conocer al Primer Tribunal Colegiado del Vigésimos Séptimo Circuito Estado de Quintana Roo, dichos recursos fueron promovidos por la persona moral Comercializadora Time Share Internacional, S.A. de C.V. en consecuencia de que existe un exceso en el cumplimiento de la ejecutoria del amparo que realizó la Licenciada María Pérez Bastos, titular Juzgado Tercero de lo Mercantil del Primer Partido Judicial de Cancún, Quintana Roo., ya que ésta no debió dejar sin efectos todo lo actuado en el juicio de origen, por existir el PRINCIPIO DE RELATIVIDAD O FÓRMULA OTERO.
Ahora bien mis lectores, con la finalidad de que puedan seguirme el ritmo en esta nota, se preguntarán ¿Qué es el principio de relatividad o Fórmula Otero? Pues se los explico de la forma más sencilla, se refiere que a las personas que acudan a un juicio de garantías o amparo, las sentencias que se dicten dentro de éste, sólo se ocuparán del quejoso que lo promueve, deben de ser aplicados únicamente en favor del quejoso quien los hizo valer y no a favor de terceros, como es el caso de la corrupción por parte de Los Hermanos Arroyo Marroquín, ya que con apoyo de la Juez Tercero de lo Mercantil, tocó al son de las indicaciones que le fueron dadas y dejó sin efectos todo lo actuado en beneficio de todas las demandadas que conforman el litigio en contra del Grupo Sunset.
Pero esto, llegará pronto a su fin, y se hará presente la justicia, tal como se los adelante mis apreciables lectores, ya que el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Estado de Cancún, Quintana Roo, está conociendo de ambos recursos de informidad, por lo cual los H. Magistrados de dicha ponencia, no podrán inobservar el exceso en el cumplimiento de la ejecutoria de amparo en que se dictó el amparo 1825/2016, ya que lo único que tiene que hacer la magistrada Laura Granados Guerrero, es analizar el expediente 1764/2016, amparo que le da vida al recurso de inconformidad 06/2022, del cual se desprende que la Juez de Distrito ya advirtió que efectivamente existe un exceso en el cumplimiento de la ejecutoria del amparo, ya que la autoridad Juez Tercero Mercantil, no debió dejar sin efectos todo lo actuado en el juicio de origen, atendiendo PRINCIPIO DE RELATIVIDAD O FÓRMULA OTERO.
Para terminar; un poco de reflexión no vendría a mal, pero será que LOS HERMANOS pretenden heredar el conflicto a sus herederos, y que estos culminen con el conflicto o lleguen a un acuerdo. Ya que, si de algo serán recordados Los hermanos Arroyo Marroquín, serán por corruptos, y jamás por ser pioneros en el Sector de Turismo.